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Requisitos de acceso y criterios de admisión de titulaciones de Grado

a) Requisitos de Acceso

El procedimiento de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado se realizará acorde a el artículo 15 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Así mismo, tal como establece el Real Decreto 822/2021 se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Del mismo modo, se tienen en cuenta la normativa pertinente a la que se refiere el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa así como la que pudiera establecerse, según indica la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad y de todas aquellas normas posteriores.

Podrán acceder a la titulación, en las condiciones fijadas por el citado Real Decreto 412/2014 y la normativa vigente, quienes reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  • Estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente.
  • Estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional.
  • Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
  • Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad.
  • Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos.
  • Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.
  • Personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.
  • Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza.
  • Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen la prueba de acceso establecida en el real decreto.
  • Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente.
  • Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.
  • Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos.
  • Estudiantes que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

En el caso de que existan candidatos que presenten algún tipo de discapacidad o necesidad especial lo deberán indicar en el formulario de la solicitud. Serán atendidos por la Oficina de Admisiones para ayudarle a llevar a cabo el proceso de admisión. La evaluación de las necesidades educativas específicas, tales como, adaptaciones curriculares o itinerarios alternativos de estudios, así como las pautas de actuación específica del profesorado, se llevarán a cabo por la unidad de atención a la diversidad y de forma coordinada con el director y coordinador de este programa. 

b) Criterios de Admisión

La Universidad valora todos los aspectos de la candidatura en su conjunto, realizando, conforme al perfil de ingreso establecido para el Grado, una evaluación ponderada y global de los siguientes factores:

  • Expediente académico (40%): se asignará la mayor valoración a la candidatura que posee la mayor nota media del expediente académico y se irá descendiendo en valoración según la nota media disminuya.
  • Curriculum Vitae (30%): se analizará el cv del solicitante, valorándose los siguientes ítems:
    • Formación oficial acreditada relacionada con el título con una ponderación máxima del 10%.
    • Idioma extranjero acreditado superior al B1 en términos del marco común europeo de referencia, con una ponderación máxima del 10%.
    • Experiencia laboral en el ámbito del estudio 10%. 
  • Entrevista personal (30%): Se valorarán los siguientes ítems:
    • El nivel de compromiso del candidato con su desarrollo profesional y personal. Con una ponderación del 10%.
    • La predisposición a la diversidad y a convivir en un entorno digital y online multicultural. Con una ponderación del 10%.
    • Las aptitudes para la innovación, el emprendimiento y la creatividad en la formación. Con una ponderación del 10%.

Además, la Universidad de las Hespérides reservará un 5 por ciento de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa. Asimismo, la Universidad de las Hespérides garantiza la disponibilidad de plazas para estos estudiantes que concurran a las convocatorias extraordinarias de acceso a la universidad, hasta alcanzar el 5 por ciento del cupo de reserva sobre el total de plazas ofertadas en dicho título.

Para garantizar un información transparente y accesible sobre los procedimientos de admisión, la Universidad de las Hespérides dispondrá de toda la información de forma permanentemente actualizada sobre los procedimientos de admisión en el siguiente enlace de su página web: https://brasil.hesperides.edu.es/procedimientosdeadmision/

c) Proceso de Admisión

El proceso de admisión pretende identificar a través de sus diferentes etapas todos aquellos aspectos de la trayectoria del estudiante, tanto académica como personal, que hacen que sea diferente y que nos permita tener la máxima información para tomar una decisión que se entiende será determinante en el futuro del estudiante.

En la Universidad de las Hespérides, para este título, habrá dos plazos de matrícula por curso, abriéndose el segundo en caso de quedar plazas disponibles en el primer plazo. Por ello, dado el limitado número de plazas y los procedimientos de homologación de títulos académicos, para los estudiantes procedentes del extranjero, se recomendará iniciar este proceso con varios meses de antelación.

Los órganos que llevarán a cabo el proceso de admisión son por un lado, la Oficina de Admisiones y por otro, la Comisión de Admisiones.

La Oficina de Admisiones de Universidad de las Hespérides estará compuesto por miembros del personal académico y administrativo de la Universidad. Esta oficina es la responsable de atender las demandas de información sobre el proceso de admisión y comprobar que las solicitudes de admisión están correctamente cumplimentadas y que poseen la documentación adjunta requerida. Una vez verificada la documentación sobre la admisión (solicitud, curriculum vitae y expediente académico), si es completa, es remitida al Comité de Admisiones para su valoración.

El Comité de Admisiones estará formado por 1 miembro de la administración, el director del grado, 1 profesor del grado y el Decano de la Escuela de Grados de la Universidad. 

La Oficina de Admisiones está a la disposición del estudiante para ayudarle en todo momento con cualquier duda que tenga durante todo el proceso. Es importante que a lo largo del mismo mantenga actualizado los datos de contacto (número de teléfono y dirección de correo electrónico).

Con independencia de si se accede como alumno de primer año o como alumno procedente de otra universidad, se tendrán que seguir los siguientes pasos del proceso de admisión:

1. Solicitud.

2. Entrevista personal.

3. Valoración y Decisión del Comité de Admisiones

Solicitud

El estudiante enviará una solicitud de admisión en la que debe adjuntar su expediente académico y currículum vitae. 

Entrevista personal

Se convocará al candidato para la entrevista personal una vez verificado que la solicitud está completa. La entrevista personal tiene un doble objetivo para la Universidad: 

– Obtener más información sobre los datos aportados en su expediente académico y currículum vitae.

– Analizar si el candidato cumple con el perfil adecuado para poder llevar a cabo la titulación.

En esta entrevista el estudiante tendrá que responder preguntas sobre su expediente académicos, currículum vitae e interés por cursar estos estudios. 

Uno o más miembros de este comité de admisiones serán los encargados de realizar la entrevista personal al candidato de forma virtual. 

Valoración y Decisión del Comité de Admisiones

Realizada esta entrevista el comité procederá a valorar de 0 a 100 puntos en función a los criterios de admisión definidos. 

En el caso de que varios estudiantes obtengan la misma puntuación tras la aplicación de los criterios de admisión indicados y la demanda supere la oferta se tendrá en cuenta la fecha de recepción de la solicitud, siendo preferente aquella que haya llegado antes.

Concluida esta valoración, el Comité de Admisiones comunicará a la Oficina de Admisiones si el candidato ha sido admitido al programa para que proceda a la difusión de la lista de admitidos.